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Con la declaración de concurso de acreedores se paraliza transitoriamente las ejecuciones singulares, se suspende el devengo de intereses, se prohíbe por regla general la compensación entre créditos y deudas, se garantiza la igualdad de los acreedores de una misma clase y se crea la posibilidad de lograr un convenio en el que se establezcan quitas y/o aplazamientos que afectará a la gran mayoría de los acreedores.